Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y sede en la Ciudad de Caracas (en transición), Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES (Vía Ejecutiva) ha incoado BANCO CONSTRUCCIÓN, C.A., contra la sociedad mercantil DESARROLLOS 5374, C.A., en su carácter de obligada principal, y los ciudadanos FERNANDO RAMOS ROYO, CARLOS RAMOS ROYO y FRANCISCO MARIÑA TINOCO, en su condición de fiadores solidarios y principales pagadores, suficientemente identificados al inicio de este fallo, y como consecuencia de ello, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la prescripción alegada en los términos expuestos por la representación judicial de la parte demandada.-
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a pagar a la actora la cantidad de CIENTO DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS SE.....