Encuentra este Juzgador que el escrito mediante la cual las partes manifiestan su voluntad en el convenimiento de pago, a los fines de dar por terminado el presente juicio por cobro de Prestaciones Sociales, ha sido presentado por escrito constante de un (01) folio útil y su vuelto, contiene la manifestación de voluntades y que el mismo ha sido presentado ante un Juez del Trabajo, esto es, ante un funcionario competente.
Además, visto que las partes acordaron la cancelación de la cantidad de SEIS MIL NOVECIENOS SESENTA Y CUATRO CON 01/100 CENTIMOS (6.964,01), pago efectuado mediante cheque personalizado librado contra el BANCO INDUSTRIAL, identificado con el N° 73608116, cuenta corriente N° 00030026890001045983, de fecha 19/02/2010, este Juzgado acuerda impartirle la respectiva HOMOLOGACIÓN a dicho escrito de convenimiento en los términos en que fue expuesto, y visto el cumplimiento íntegro del pago acordado, este Tribunal da por terminado el presente asunto ordenando su cierre y a.....