DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentes expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: NO HA LUGAR EL PRONUNCIAMIENTO sobre la apelación interpuesta el 07.12.2010 (f.75), por el abogado SALVATORE CHIARACANE, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, sociedad mercantil DISTRIBUIDORA DE CAUCHOS PUENTE BOLÍVAR, C.A., contra la decisión interlocutoria dictada el 08.11.2010 (f.70-73) por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar la oposición presentada por el tercero, sociedad mercantil BANCORO, C.A., BANCO UNIVERSAL REGIONAL, a la medida preventiva de embargo decretada el 14.05.2010 (f. 06-07) sobre los bienes propiedad de la demandada, hasta cu.....