DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y con la autoridad que le confiere la ley, DECLARA:
UNICO: Sin lugar la apelación de Valores 9.200 C.A., en contra del auto de fecha 25 de abril de 2002, del Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, ahora Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el cual queda confirmada en todas sus partes.
Dada la naturaleza del fallo no hay especial condenatoria en costas.
Por cuanto la presente decisión se profirió fuera del lapso legal se ordena la notificación de las partes, conforme lo establece el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
Déjese Copia certificada de la presente decisión en el Copiador de.....