se homologa lo cancelado al día de hoy por el monto determinado en la sentencia y decreto de ejecución, es decir, el monto de Bs. 2.574.708,68 y la diferencia con el monto cancelado al día de hoy, es imputado en común acuerdo de las partes a la diferencia que se obtenga del calculo pendiente por determinar, así mismo, ambas partes a fin de evitar nuevos costos por honorarios de expertos acuerdan realizar la determinación del diferencial pendiente entre éstas.