Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, una vez verificado que no existe violación de norma de orden público, declara PERIMIDA la instancia en la querella interpuesta por la abogada Julia Rivero Melecio, actuando como apoderada judicial del ciudadano MANUEL DE JESUS LÓPEZ, contra "el Acto Administrativo que (le) fue comunicado mediante oficio número 001770, de fecha 04 de Julio del 2005, Dictado por el Director de la Zona Educativa del Distrito Capital ciudadano ANDRES RODRIGUEZ, el cual deja sin efectos la credencial de DIRECTOR ENCARGADO, que venía desempeñando (su) representado, en la UNIDAD EDUCATIVA NACIONAL ¿JOSE MANUEL NUÑEZ PONTE¿..."