Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nro. 3, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena al penado: FREDDY ANTONIO RUMBO RODRIGUEZ, identificado con cédula de identidad Nro. N° 7.384.304 quien fuera condenado a cumplir la pena de SEIS (6) AÑOS Y CUATRO (4) MESES DE PRESIDIO por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, ilícitos previstos en los artículos 460 y 278 del Código Penal. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 105 ejusdem en relación con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal.
Una vez declarada definitivamente firme la presente sentencia, y vencido el lapso previsto en el artículo 483 del Código Orgánico Procesal Penal, remítase la totalidad del asunt.....