administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. SU COMPETENCIA para conocer de la demanda de nulidad incoada por los ciudadanos JOSÉ BAUTISTA PERNÍA SÁNCHEZ y JOSÉ LUIS PEÑA, respectivamente, con la asistencia jurídica de la abogada Mayerly Karina Foucault Monterrey, interpuesta conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y, subsidiariamente, medida cautelar de suspensión de efectos contra la Resolución Nº 000174-A del 27 de junio de 2011, suscrito por el Ingeniero Sergio Sánchez, actuando en su carácter de DIRECTOR DE CONTROL URBANO DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL, a través de la cual se sancionó a los ciudadanos antes mencionados, al pago de una multa por el monto de un millón setecientos noventa y seis mil seiscientos treinta y siete bolívares con cincuenta céntimos (Bs. 1.796.637,50), asimismo, ordenó la demolición de lo construido sin permiso en un área de 250, 33 m2 ubi.....