En este estado, se deja expresa constancia de que la parte actora, ciudadanos ELSON JULIAN VOLCANES y MARCELINO ANTONIO RAMIREZ, no comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni opr medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Undécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años: 207° y 158°.