Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión contenida en la demanda que por ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO DE UNIÓN ESTABLE DE HECHO incoara la ciudadana OMAIRA HERNÁNDEZ FLORES contra los ciudadanos DAYANA CAROLINA RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ y JEAN LUIS RODRÍGUEZ CEDEÑO, y los HEREDEROS DESCONOCIDOS DEL DE CUJUS LUIS ANTONIO RODRÍGUEZ, ampliamente identificadas al inicio, DECLARA: PERIMIDA LA INSTANCIA y extinguido el proceso.-