En consecuencia, y por las razones antes expuestas y en mérito de las anteriores consideraciones este Tribunal administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, DECLARA: LA CONFESION FICTA de la parte demandada Ciudadana LUZ MARINA GUEDEZ, Venezolana, Titular de la Cedula de Identidad N° V-14.352.610 y de este domicilio, en consecuencia, se declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda DAÑOS Y PERJUICIOS, incoada por el Ciudadano ALEXANDER STANOVICH TVERDOWKY, Venezolano, Titular de la Cedula de Identidad N° V-4.383.999 y de este domicilio. SEGUNDO: Como consecuencia del particular primero, se condena a la ciudadana LUZ MARINA GUEDEZ, Venezolana, Titular de la Cedula de Identidad N° V-14.352.610 al pago de la cantidad de CINCO MIL QUINIENTOS DOLARES AMERICANOS ($ 5.500,00) o su equivalente a la cantidad de VEINTITRES MILLONES SETECIENTOS SESENTA MIL BOLIVARES (Bs. 23.760.000,00). TERCERO: Se condena en Costas Procesales a la parte demandada po.....