Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con lugar la acción incoada por el ciudadano JESUS ALBERTO RODRIGUEZ QUIJANO contra la empresa CONSERVAS ALIMENTICIAS LA GAVIOTA S.A y el tercero llamada a juicio la empresa CAMINO MOTOR C.A.
SEGUNDO: Sin lugar la defensa de Prescripción de la Acción opuesta por la empresa CAMINO MOTOR C.A.
TERCERO: Quedan las empresas CONSERVAS ALIMENTICIAS LA GAVIOTA S.A y CAMINO MOTOR C.A condenadas a cancelarle al Ciudadano JESUS ALBERTO RODRIGUEZ QUIJANO los siguientes conceptos laborales: Prestación de Antigüedad Art 108 L.O.T, Compensación por Transferencia e Indemnización por Antigüedad Art 666 L.O.T, Indemnizaciones por Despido Injustificado e Indemnización Sustitutiva de Preaviso Art. 125 L.O.T, utilidades ven.....