EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN en el procedimiento por CALIFICACIÓN DE DESPIDO intentada por el ciudadano Jean Carlos Aranguren, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-15.700.567 contra la sociedad mercantil Ligth Sustem c.a., de este domicilio, inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 27-03-2009, bajo el n° 03, Tomo 66-A.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora de conformidad con lo establecido en el Artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se deja constancia que el lapso para interponer recursos contra la presente decisión comenzará a partir de los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del lapso para la publicación del fallo de conformidad al artículo 161 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Cúmplase, publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión. Dada, sellada y firmada en la Sala de Audien.....