Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad en la pretensión que por DAÑO MORAL incoara la sociedad mercantil ESCRITORIO LUCAS S.R.L., contra la sociedad mercantil CORPORACIÓN E.F.-A.H., ampliamente identificados al inicio de esta decisión, DECLARA: Se NIEGA el decreto de MEDIDA de prohibición de enajenar y gravar, solicitada por la representación actora, por no existir en esta etapa del proceso los extremos necesarios para acordarla.
Dada la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas......