Primero: Parcialmente con lugar la apelación interpuesta por la parte demandada en cuanto al lapso del cálculo de la indexación, relativa al numeral cuatro (4) del escrito de impugnación, de la manera expuesta en la motiva de este fallo. Segundo: Se ordena el pago al actor por parte de la demandada, de las cantidades que arroje la experticia que se ordena practicar con cargo a la parte demandada, conforme a los parámetros señalados en la motiva de esta decisión, relativo al concepto de cesta tickects, no calculados en la experticia que obra a los autos, correspondientes al tiempo laborado por el trabajador durante el año 2006. Tercero: Se modifica el fallo apelado solo en lo que respecta al particular primero de este dispositivo, y a la añadido en el segundo. No hay condenatoria en costas.