Oído lo expuesto por el acusado ALBERTO JOSE BENCOMO, titular de la cedula de identidad Nº V-8.772.733, que admite los hechos y solicita la Suspensión condicional del Proceso a la Fiscalía del Ministerio Publico, este Tribunal Acuerda La Suspensión Condicional Del Proceso, al Ciudadano ALBERTO JOSE BENCOMO, titular de la cedula de identidad Nº V-8.772.733 de conformidad con lo establecido en el artículo 43 del Código Orgánico Procesal Penal vigente por remisión expresa del artículo 64 de la ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, imponiendo un régimen de prueba por el LAPSO DE CUATRO (04) meses contados a partir de la presente fecha 03-12-2014- CULMINANDO EL MISMO EL 03-04-2015. Este tribunal lo impone que deberá consignar constancia por ante su Defensa Pública 8º, y realizar labor social. Comparecer ante el Coordinador Zonal y una labor social la cual debe traer constancia con sello húmedo. SEXTO: Este Tribunal procederá a dictar el fallo respect.....