III.- DISPOSITIVA.
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE EN DERECHO LA TRANSACCIÒN celebrada en fecha 23.11.2018, por ambas partes en el juicio que por cobro de bolívares, incoado por el ciudadano FREDDY QUIROS SOTO., contra la la ciudadana, ROSA ELODIA BELANDRIA PEREIRA., en consecuencia, se le imparte su homologación, con autoridad de Cosa Juzgada.-
SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas de conformidad con lo establecido en el artículo 277 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, DÉJESE COPIA y BAJESE en su oportunidad.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circuns.....