Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Sexto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación opuesta por la parte actora contra la sentencia de fecha 30 de septiembre de 2008, dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CON LUGAR la defensa perentoria de prescripción de la acción por beneficio de jubilación. TERCERO: SIN LUGAR la demanda por reclamación de beneficio de jubilación y daño moral interpuesta por la ciudadana Rosa María Blasko De Machado contra la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables. CUARTO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha 30 de septiembre de 2008, dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circui.....