DECISION
Por la motivación que antecede, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por el ciudadano JORGE LUIS MEDINA OROSCO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-7.103.541, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 55.725, actuando en su propio nombre y representación, contra la Resolución Nº 272 de fecha 15 de septiembre de 2009, dictada por el Director General de la CORPORACIÓN DE SALUD DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA. En consecuencia:
PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer de la querella interpuesta por el abogado JORGE LUIS MEDINA OROSCO, antes plenamente identificado, en su condición de querellante.
SEGUNDO: Se declara la nulidad absoluta del acto administrativo contenido en la Resolución Nº 272, de fecha 15 de se.....