Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley ADMITE LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por la ciudadana JOSEFINA DE JESÚS MARTIRE MENDOZA y OTROS, de conformidad con lo establecido en el artículo 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo previsto en los artículos 1 y 2 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales; en acatamiento al fallo dictado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 01-02-2000 con ponencia del Magistrado JESUS EDUARDO CABRERA ROMERO; y por mandato constitucional vinculante para todos los Tribunales de la República.
En consecuencia notifíquese mediante boleta al ciudadano JEAN BAPTISTE FRATACCI BENVENUTI, suficientemente identificado en la .....