¿ Inhabilitación política mientras dure la pena, es decir, hasta el 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2019
IV.I Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena:
Se evidencia que el penado YLIAN MANUEL ROJAS RODRIGUEZ, no opta a la medida de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, de conformidad con lo establecido en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que fue condenado a una pena superior a los tres (03) años, en aplicación del procedimiento por admisión de los hechos.-
IV.II Trabajo fuera del establecimiento penitenciario:
La medida alternativa al cumplimiento de pena de trabajo fuera del establecimiento penitenciario o destacamento penitenciario de trabajo, resulta procedente luego del cumplimiento efectivo de una cuarta (1/4) parte de la pena que, para el caso en concreto es igual a TRES (03) AÑOS, y como quiera que el penado YLIAN MANUEL ROJAS RODRIGUEZ, ha cumplido efectivamente UN (01) AÑO, DOS (02) MESES y DIECINUEVE (19) DIAS, para optar a ta.....