JUZGADO SÉPTIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado en que el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, una vez que efectivamente quede demostrado en autos que se cumplió con la reconstrucción del expediente, proceda conforme al punto cuatro (4), establecido en el Criterio Jurisprudencial de la Sala de Casación Civil, del Tribunal Supremo de Justicia, Sentencia Nº RC-00294, de fecha 31 de mayo de 2005, en declarar reconstruido el expediente.
SEGUNDO: Se ordena inmediata remisión al Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial.....