Por las motivaciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL VIGESIMO TERCERO DE MUNICIPIO, ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara con lugar la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE MATRIMONIO Nº 17, de fecha 03 de marzo de 1995, peticionada por la ciudadana XIOMARA ELVIRA PINTO GONZALEZ, abogada e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 40.429, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JHONY JOSE MADRIZ ESPINAL, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Maturín, Estado Monagas y titular de la cédula de identidad Nº V- 11.086.705.
SEGUNDO: Se ORDENA la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE MATRIMONIO Nº 17, de fecha 03 de marzo de 1995, del ciudadano JHONY JOSE MADRIZ ESPINAL, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Maturín, Estado Monagas y titular de la cédula .....