Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. DECLARA SU COMPETENCIA para conocer de la demanda de nulidad ejercida por los abogados Victor Ghersi Alzáibar y Carlos Luis Ghersy Alzáibar, inscritos en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo los Nros. 14.435 y 30.147, respectivamente, actuando en nombre y representación del ciudadano Mario Lelli Saporosi, titular de la cédula de identidad Nro. 6.063.104, contra el silencio administrativo negativo en que incurrió la Administración con ocasión de la interposición del Recurso Jerárquico de fecha en fecha 25 de noviembre de 2010, contra la Resolución Administrativa emanada la Dirección de Control Urbano de la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, signada con el Nº 0008598, de fecha 11 de noviembre de 2010, que resolvió .....