Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la querella interpuesta por la ciudadana María Antonieta Rauseo Chersia, asistida por la abogada Nathaly León Pérez, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO AUTONOMO SUCRE DEL ESTADO MIRANDA.
SEGUNDO: Se ordena a la Alcaldía del Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda pagarle a la actora la suma de tres mil novecientos cuarenta y cuatro bolívares con treinta y cinco céntimos (Bs.F. 3.944,35) por concepto de diferencia de prestaciones sociales.
TERCERO: Se ordena al Organismo querellado pagarle a la actora los intereses moratorios causados por retardo en el pago de prestaciones sociales, desde el 09 de noviembre de 2000, fecha de egreso de la Alcaldía del Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda, hasta.....