DECISIÓN
Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana ELIZABETH VALERA GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nº 5.010.431, debidamente asistida por la abogada HAIDE DELIAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 24.360 el ciudadano RICHARD CANAN, en su carácter de MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS INDUSTRIAS LIGERAS Y COMERCIO.
SEGUNDO: Se ordena reabrir el lapso a los fines de la interposición del recurso correspondiente.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y NOTIFIQUESE
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, en la ciudad de Caracas, a los C.....