En consecuencia la solicitud de medida de prohibición de Enajenar y Gravar sobre el inmueble supra señalado, no es procedente por no pertenecer a ninguna de las partes involucradas en el proceso en tal sentido no se encuentran llenos los extremos exigidos por el Legislador dado que no existe el riesgo manifiesto de que quede ilusoria la ejecución del fallo tal y como lo asevera el solicitante ya que el procedimiento es tramitado por Divorcio.- En consecuencia se niega la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar solicitada. Y ASI SE ESTABLECE.