Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
-EL DECAIMIENTO DEL OBJETO de la presente demanda contencioso administrativa de nulidad ejercida contra la Resolución Nº 00307 de fecha 16 de abril de 2013, mediante la cual se instó al ciudadano Marco Antonio Sosa Castillejo, titular de la cédula de identidad Nº V-16.032.760, a no ejercer ninguna acción arbitraria y al margen de la Ley, para conseguir el desalojo de la vivienda que se le alquiló a la hoy demandante, ya que de hacerlo podrían incurrir en incumplimientos del ordenamiento jurídico, a la vez que se habilitó la vía judicial para que se pudiera dirimir el conflicto ante los Tribunales competentes.
Publíquese, regístrese y notifíquese al Procurador General de la República, a la Fiscal General de la República, así como al Ministro del Poder Popular pa.....