En mérito de lo antes expuesto, este Juzgado Superior Estadal Sexto Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA de la Demanda interpuesta por la C.A. HIDROLÓGICA VENEZOLANA (HIDROVEN) contra SEGUROS FEDERAL, C.A.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.