DECISIÓN
Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión contenida en la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) incoara la sociedad mercantil BANCO SOFITASA C.A., contra los ciudadanos HERIBERTO PINTO HERRERA, GISELA SATURNA CARDENAS DE PINTO, BETTY CLARET MARRERO PADILLA, TERESA DEL CARMEN HERRERA DE PINTO y FIDENCIANO PINTO DELGADO, ampliamente identificados al inicio, DECLARA: SE NIEGA por improcedente el levantamiento de las medidas de prohibición de enajenar y gravar decretadas sobre los inmuebles identificados como parcelas Nos 79 y 40, solicitada por los abogados YAJAIRA EUGENIO y REIDEER RIVAS, apoderados judiciales de los codemandados HERIBERTO PINTO y GISELA DE PINTO.-