DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICION presentada por la ciudadana JENNY RAMÍREZ TERÁN, Juez Provisoria Décima Novena de Primera Instancia en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, conforme a lo establecido en el artículo 86, numerales 6° y 7° del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida al ciudadano JUAN ONOFRE ORTEGA, signada bajo el N° 19J-387-06; en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 94 ejusdem, el Juez sustituto deberá seguir conociendo de la causa.