Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la querella interpuesta por el ciudadano FELIX ALBERTO FUENTES MARCANO, asistido por el abogado DOUGLAS JOSE RIVAS ORTEGA, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO MIRANDA.
SEGUNDO: Se CONDENA a la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO MIRANDA a pagarle al querellante los intereses moratorios causados por el retardo en el pago de las prestaciones sociales, ello desde el 20 de junio de 2009, día de su egreso y el 09 de febrero de 2012, fecha en que le cancelaron sus prestaciones sociales, dicho cálculo deberá realizarse sobre la cantidad de cuarenta y un mil novecientos veintitrés bolívares con ochenta y siete céntimos (Bs. 41.923,87), computados dichos intereses no capitalizados, a la tasa p.....