III
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 9° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por los abogados JESUS ENRIQUE PERERA CABRERA y NELLITSA JUNCAL RODRIGUEZ, en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada, conforme quedó expuesto en el presente fallo.
SEGUNDO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 16 de diciembre de 2011, por el abogado BENITO ANTONIO LUZARDO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha 12 de diciembre de 2011, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.....