Este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Julio Obelmejías en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 29 de noviembre de 2010, dictada por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud de CALIFICACIÒN DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS, interpuesta por el ciudadano ELIEZER LUCERO, titular de la cedula de identidad numero 9.956.734, contra de la C.A. METRO DE CARACAS. TERCERO: SE ORDENA LA REINCORPORACIÒN inmediata del accionante a su puesto de trabajo y el pago de los salarios caídos dejados de percibir en base a un salario de Bs. 4.571,31 mensuales desde la fecha de su despido, hasta su efecti.....