III
Dispositiva
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Se niega la homologación del escrito de transacción presentado en fecha 30 de julio de 2015, no obstante se deja constancia para todos los efectos legales, el pago efectuado por quien se identifica como parte demandada por un monto de Bs 321.900,18 a favor del ciudadano AUGUSTO JOSE MARTINEZ PATIÑO, titular de la cédula de identidad V- 12.058.059.- Así se establece.-
SEGUNDO: No hay condenatoria especial en costas dada la naturaleza del fallo. Así se decide.-
TERCERO: Se ordena que una vez firme el presente pronunciamiento se proceda a dar por terminado presente asunto.-
El Juez Titular
Abog. Anibal F. Abreu P.
El secre.....