Vista la diligencia de fecha 02 de octubre de 2007, presentada por el abogado NELSON OSIO, inscrito en el IPSA bajo el N° 99.022, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual solicita se decrete la ejecución forzosa y visto que en fecha 03 de julio de 2006, fue dictada sentencia por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de Caracas, en la cual se confirmó la sentencia de primera instancia que declaró Parcialmente Con Lugar la demanda, y por cuanto la Sala Social del Tribunal Supremo de Justicia, declaro mediante sentencia a de fecha 26 de abril de 2007, improcedente el Recurso de Hecho, y por cuanto hasta la presente fecha no se le ha dado cumplimiento al pago condenado, y decretada la ejecución voluntaria en fecha 23 de julio de 2007, hasta la presente han transcurrido sobradamente mas de los tres días hábiles que concede la ley para su cumplimiento voluntario, sin que la parte demandada de cumplimiento a la sentencia, es por lo que conforme a .....