DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos, esta Sala Siete de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, dicta los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: Se ADMITE el recurso de apelación, interpuesto el 16 de junio de 2015, por el abogado DANIEL EDUARDO VENERA MORALES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado Nro. 112.062, quien actúa como defensor privado del ciudadano ANDRES ELOY SALAZAR TOVAR, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.5211.342, quien recurre contra la decisión publicada en su texto integro el 17 de abril de 2015, mediante la cual CONDENO al referido ciudadano, por ser CÓMPLICE NO NECESARIO en la comisión del delito de HOMICIDIO INTENSIONAL CALIFICADO POR MOTIVO FÚTILES, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1, en relación con el 405 y el 84 ordinal 3, todos del Código Penal donde condeno al ut supra ciu.....