Con fundamento en lo antes expuesto este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer el presente amparo interpuesto los abogados Alfredo de Jesús S. y Pedro Pablo González Peña, actuando como apoderados judiciales del ciudadano Wuilmer Octavio Nieto flores, contra la Electricidad de Los Andes, C.A. (CADELA), y declina su conocimiento en el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Los Andes con sede en el Estado Barinas al cual se ordena remitir inmediatamente el presente expediente, y así se decide.