Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 12 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ACUERDA: PRIMERO: A los fines de dar cumplimiento al Art. 44 numeral 1 de la Constitución, estima que están presentes los supuestos del la detencion por orden judicial del ciudadano JULIAN JOSE SANCHEZ, Venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cedula de identidad Nº V-17.942.602, por estar presuntamente incursa en el delito de Abuso Sexual a Adolescente sin Penetración, previstos y sancionados en el artículo 260 en concordancia con el encabezamiento del articulo 259 de la Ley Orgánica sobre La Protección del Niño, Niña y Adolescente. SEGUNDO: SE ACUERDA EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO. TERCERO: Se acuerdan a favor de la ciudadana JULIAN JOSE SANCHEZ, Venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cedula de identidad Nº V-17.942.602, medida cautelar sustitutiva a la privativa de libertad conforme .....