Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos por el abogado Alberto Rodríguez Campins, actuando como apoderado judicial de la sociedad mercantil HIDROTÉCNIA BOMBAS ELÉCTRICAS, C.A., contra la Resolución Nº 000161, dictada en fecha 22 de marzo de 2013 por el DIRECTOR DE CONTROL URBANO DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL, en la que ordenó sancionar a dicha sociedad mercantil, con la restitución de uso, estructura y división interna original según la zonificación R-6, del local del Inmueble ubicado en la Calle Razetti, Urbanización Los Chaguaramos, Parroquia San Pedro, Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital.
SEGU.....