PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada CAROLINA PIRELA, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 27 de septiembre de 2004, por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLIVARES interpuesta por la ciudadana CARMEN ENMANUEL CABALLERO contra SEGUROS AVILA C.A., en consecuencia se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora, las siguientes cantidades:
1. QUINCE MILLONES CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 15.000.150,00) que corresponde a la suma por la cual se aseguró la cobertura amplia del vehículo objeto del Contrato de Seguro que ha sido tratado en la presente causa.
2. La indexación de la suma antes mencionada, es decir QUINCE MILLONES CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 15.000.150,00), desde el 05 de abril del año 2000, fecha en la cual se introdujo la de.....