Con fuerza en los fundamentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede Mercantil, administrando Justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA, que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO intentara, ORGANIZACIÓN INMOBLIARIA F & T 2002, C.A, sociedad mercantil, de este domicilio Inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 31 de Enero de 2002, bajo el Nº 67, Tomo 5-A-Cto. a través de su apoderado judicial, ciudadano JESUS E. APONTE D., Abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 21.986, titular de la cédula de identidad número V-5.887.357; contra el ciudadano CRISTOBAL JOSE ECHENIQUE BLANCO, venezolano, mayor de edad, de este domic.....