DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- COMPETENTE para conocer de la presente amparo constitucional ejercido por el abogado BARTOLOMÉ DÍAZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 97.607, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ AGUSTÍN CEDEÑO, titular de la cédula de identidad Nº V-6.420.195, contra la Sociedad Mercantil ESTACIONAMIENTO PARQUE CENTRAL, C.A.
2.- ADMISIBLE la presente Acción de Amparo Constitucional Autónomo. En consecuencia, se ordena:
2.1. Citar a la Sociedad Mercantil ESTACIONAMIENTO PARQUE CENTRAL, C.A., en su carácter de presunta agraviante, en la persona de representante judicial; notificar al ciudadano JOSÉ AGUSTÍN CEDEÑO, en su carácter de presunto agraviado; notificar al Ministerio Público; para que concurran al.....