D E C I S I Ó N
En consecuencia y por todo lo antes expuesto esta Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara COMPETENTE y en consecuencia:
PRIMERO: ADMITE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los Abogados ACACIO SABINO, AUDIO PEDREAÑEZ y EDUARDO VALERA, en su carácter de Defensores del ciudadano ALBERTO POLETTO POMENTA en contra de la decisión dictada y publicada en fecha 13/02/2008, por el Juzgado Cuadragésimo Segundo de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo del Juez Dr. Alí José Fabricio Paredes, mediante la cual declaró sin lugar la solicitud de saneamiento y consiguiente nulidad del acto de imputación realizado a su defendido en fecha 17/07/2007, por la Fiscalía Quincuagésima Segunda del .....