DECLARA SIN LUGAR, la recusación interpuesta por la DRA. BETSY ANDRADE, quien actúa en la presente causa en su condición de FISCAL NÚMERO CIENTO DIECINUEVE (119) DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, contentivo de la RECUSACIÓN que incoara en contra de la ciudadana DRA. JENNY RAMÍREZ TERAN, en su condición de JUEZA, a cargo del JUZGADO NÚMERO DOS (2) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL, DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, sustentada en el supuesto de derecho contenido en el numeral 8 del Artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, instaurada con el objeto de requerir su apartamiento del conocimiento de la causa signada con el N° 2-J-502-08 (nomenclatura del Juzgado Ad quo), seguida en contra del encausado de autos LUIS CARLOS SARABIA BENAVENTE, titular de la cédula de identidad número Nº V-14.915.718, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOT.....