En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la impugnación efectuada por la ciudadana AURA MORALES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº. V-13.251.415.y en consecuencia se condena a la parte demandada CREAHOGAR MUEBLES C.A a cancelar las diferencias de los conceptos laborales y salarios caídos, que serán discriminados en la parte motiva de la presente decisión. SEGUNDO: No Hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.