Este Tribunal Unipersonal de Juicio Nro 5, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Encuentra CULPABLE al ciudadano ALEXANDER ANTONIO ADAMS, de la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal y en consecuencia SE CONDENA a cumplir la pena de CUATRO (4) AÑOS DE PRESIDIO, mas las accesorias de ley previstas en el artículo 13 eiusdem a saber:
1.- La interdicción civil durante el tiempo de la pena.
2.- La inhabilitación política mientras dure la pena.
3.- La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una cuarta parte del tiempo de la condena, desde que esta termine.
SEGUNDO: Se mantiene privación judicial de libertad en fase de juicio.
Todo de Conformidad con lo dispuesto en los artículos 365 y 367 del Código Orgánico Procesal Penal.-