DISPOSITIVA
Con base a todos los razonamientos que anteceden, esta Sala Accidental N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por la abogada GLADYMAR PRADERES, Defensora Pública Cuadragésima Octava (48º) del Área Metropolitana de Caracas, del ciudadano RAFAEL FUENTES, con fundamento en el numeral 2 del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la sentencia publicada en fecha 11 de noviembre del año 2009, por el Juzgado Vigésimo Sexto (26º) de Primera Instancia en funciones de Juicio de este mismo Circuito Judicial, mediante la cual condenó a su defendido, a cumplir la pena de veinte (20) años de prisión, por la comisión del delito de VIOLACION AGRAVADA EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y .....