La Reposición de la causa, al estado que se emplace debidamente al ente demandado Fundación para la Asistencia Social de la Policía Metropolitana (FUNDAPOL), y se ordene la notificación al Sindico Procurador del Distrito Metropolitano de Caracas, y al ciudadano Alcalde Metropolitano de Caracas, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 152 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.