Por las razones antes expuestas, éste Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE para conocer y decidir de la presente acción judicial intentada por las abogadas Jeymar Carolina Macero y Alexandra Delgado, inscritas en el Inpreabogado bajo el Nro. 111.519 y 75.537, respectivamente, actuando como apoderadas judiciales del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA VIVIENDA Y HÁBITAT, contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES CORPOHOGAR, C.A., consistente en que, éste Juzgado dicte sentencia expropiatoria, declarando que el bien objeto de la medida pase a formar parte del Patrimonio de la República, por Órgano del Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat.
SEGUNDO: DECLINA LA COMPETENCIA para conocer y decidir la presente causa en las Cortes de lo Contencioso Administrativo.....